La prestación por desempleo es una asistencia fija que reciben la gente desempleadas. La cuantía a cobrar para 2023 se fijó en el 80% del IPREM, esto significa que a quienes perciben una prestación por desempleo de 430.237€ les toca el 80% del IPREM.
Cabe añadir que esta cantidad es siempre y en todo momento la que se cobra en el momento en que concluye el contrato del trabajador a día completa; si es a tiempo parcial, hay que realizar el cálculo proporcional.
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¿Qué documentos debo dar para cobrar la prestación por desempleo?
Si me quedo sin trabajo, para pedir tu prestación por desempleo tienes que estar dado de alta como demandante de empleo en tu oficina del Inem. En el momento en que esté registrado, es el instante de pedir el beneficio, presente una petición que puede soliciar en la oficina o bajar desde el sitio del inem. Es esencial que lo presente en los 15 días hábiles siguientes a la finalización de su relación laboral.
Adjuntado con la petición antes citada, correctamente cumplimentada, va a deber dar los próximos documentos:
¿Qué día del mes se paga el paro?
El paro se acostumbra cobrar entre los días diez y 15 de cada mes, y por mes vencido (esto es, el importe pertinente por mes previo).
Algunos bancos a veces adelantan el pago de este beneficio a sus clientes del servicio, por intención propia, pero no tienen obligación de llevarlo a cabo.
Cálculo de la base reguladora en la prestación por desempleo
La cuantía a cargo de la prestación por desempleo es dependiente de la aportada por el trabajador en los últimos seis meses (180 días) entre aquéllos que fueron dados de alta . Específicamente, se toman como referencia las bases de cotización a la Seguridad Popular por accidentes de trabajo.
Consultando los datos de tu nómina puedes observar cuáles son esas monedas. Con ellos se promedian los últimos 6 meses y se consigue la base media de cotización, famosa como “base reguladora” de la prestación.
El paro habitual se llama “prestación contributiva” por el hecho de que se cobra dependiendo de la cantidad aportada: a mayor cotización en los últimos 6 meses, mucho más paro se cobra.
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Este involucramiento brotó en la reforma laboral de 2012 y a veces crea ocasiones muy perjudiciales para el trabajador. Formar parte perjudica a todas y cada una de las subvenciones normales, salvo a los mayores de 52 años, que siempre y en todo momento se cobran al cien%, si bien el último contrato haya sido a tiempo parcial. Esos valores son las des mínimas y máximas que tiene la posibilidad de tener el paro, pero la cuantía va a ser diferente para cada caso específico. Estos son solo los límites en los que se puede traspasar la prestación, que según el SEPE ha de ser el 70% de la base reguladora del trabajador a lo largo de los seis primeros meses y más tarde el 50% de la base reguladora hasta el desenlace del pago de la prestación.
Para cobrar esta prestación del SEPE es requisito haber cotizado por lo menos 360 días. En el momento en que el paro me pague la prestación al décimo día, ¿cuál va a ser? Digo esto pues siendo de 17 a 31 no se que me corresponde, o si la compañía prosigue al cargo de un articulo….