Que pasa si conduces sin seguro

¿Es un delito o únicamente una infracción administrativa conducir un vehículo sin seguro?

En estos instantes todavía muchas son las personas, quizás por la coyuntura económica que atraviesan o por abandonos, que conducen sus automóviles sin el pertinente seguro.

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Secuelas legales de conducir sin seguro en el caso de incidente

En el caso de incidente y si no tienes seguro eres de manera automática responsable del incidente.

En un caso así entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros, que se va a hacer cargo de los probables daños y perjuicios.

¿Qué ocurre con los turismos de alquiler?

Por otra parte, si piensas en el seguro en el caso de turismos de alquiler, es sencillísimo, al arrendarlo el arrendatario consigue un seguro básico para resguardar al vehículo o al conductor de cualquier incidente, a esto puede añadir coberturas auxiliares que cubran todos y cada uno de los probables daños.

No obstante, a fin de que la compañía de seguros se realice cargo de cualquier cosa que ocurra, la persona en el contrato de alquiler ha de ser el conductor del vehículo, caso de que el automóvil sea conducido por otra gente, debe comunicárselo a usted y hay que abonar dinero agregada para incluirlo en la prima de alquiler.

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¿Puedes conducir un vehículo si el seguro no está a tu nombre?

Existen muchos mitos sobre conducir sin seguro a tu nombre. Ajeno de los datos que te presentaremos en este momento, en un caso así hablamos de un vehículo legalmente asegurado, con lo que es imposible imponer en ningún caso una multa por circular sin seguro.

Existe quien considera que solo los que se muestran como conductores en la póliza tienen la posibilidad de conducir un vehículo. Por otra parte están los que piensan que alguno puede conducir un vehículo asegurado y estar cubierto en el caso de incidente.

Pero ninguna de estas declaraciones es cien por ciento alguna.

¿Cuánta multa puede ser por conducir sin seguro?

Las multas por conducir sin seguro tienen la posibilidad de llegar hasta los 3.000 euros. Esta cantidad cambia en dependencia de algunas situaciones. Se tiene presente si el vehículo está en circulación, su categoría y si presta algún servicio. Además, la reconfirmación de la infracción, el tiempo que estuvo sin seguro y la gravedad de los daños que se hayan podido ocasionar.

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Aparte de las sanciones pecuniarias que tengan la posibilidad de corresponder, asimismo va a poder determinarse el sello público o nacional del vehículo si no se cumple esta obligación, mientras que no se haya preciso el pago del seguro. Esta medida se garantiza por un mes y se prorroga si no se efectúa el pago pertinente, que va a ser requisito para la devolución del vehículo. Además de esto, el dueño va a deber abonar los costos que produzca esa medida.