Como paga el consorcio de compensación de seguros

No daremos una explicación completa y descriptiva de las funcionalidades del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y para qué exactamente sirve, en tanto que precisaríamos “Wikipedia”. Pero lo que vamos a hacer de manera muy general es argumentar de qué forma nos perjudica a los clientes, en la mayor parte de las situaciones, en el momento de cobrar por accidentes sucedidos en situaciones muy específicas.

Indice de contenido

Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública empresarial de españa, cuya actividad en el ámbito asegurador está doblegada al Ministerio de Economía y Competitividad y tiene personalidad jurídica propia.

  • Seguro de Peligros Expepcionales: en un caso así el Consorcio cubre los daños producidos por fenómenos naturales (crecidas de agua, terremotos, sunamis, los daños más frecuentes en este país por crecidas de agua), terrorismo o derivados de la acción de los Cuerpos de Seguridad del Estado o las Fuerzas Armadas en tiempo de paz.
  • Seguro de vehículo: en un caso así el Consorcio va a prestar la cobertura obligatoria para los automóviles que no sean admitidos por las compañías de seguros u organismos públicos que lo pidan. También, los daños materiales y personales ocasionados ​​por automóviles extraños (accidentes sucedidos en España), sustraídos (vehículo sustraído con estacionamiento habitual en España, excluidos los presuntos de ocupación facultativa del vehículo que provocó el incidente, a sabiendas de que es sustraído) o se distribuya sin seguro (en la situacion de automóviles que se estacionen comunmente en España y se fabriquen en España para personas que tengan su vivienda frecuente en este país).
  • Liquidación de aseguradoras: en estas situaciones el Consorcio responde por daños a personas y recursos en el momento en que se afirma que la aseguradora de automóviles está en suspensión de pagos, en quiebra, o en liquidación encomendada a dicho organismo. , o en el momento en que están en quiebra.
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¿Qué cubre el Consorcio de Compensación?

La ley establece que este organismo público debe contemplar los próximos:

  • Peligros anormales: sean proveniente de la naturaleza o humano. En este conjunto se tienen dentro los catastrofes naturales, las crecidas de agua, los terremotos, los maremotos, las erupciones volcánicas, tal como los ocasionados por personas como los actos de terrorismo, los rebeldes, los actos de las fuerzas de seguridad, etcétera.
  • Daños ocasionados ​​por vehículo irreconocible o sin seguro, con lo que no habría otra institución que respondiera a la víctima.
  • Le perjudica la insolvencia de las empresas de seguros.

Incidente de tráfico con culpable irreconocible

En caso de que el culpable del incidente se escape esto es irreconocible, la víctima no se quedaría sin indemnización. El CCS indemnizará al entusiasmado por los daños anatómicos socios al incidente ahora la escapada de la víctima. Si más tarde está al culpable, el Consorcio demandará la indemnización de la distribución, tal como el resto costos que hubiese debido asumir.

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El producto 11.1.d de la Ley de compromiso civil y seguro en la circulación de automóviles a motor detalla que “Responderá en oposición al Consorcio de Compensación de Seguros, en el campo territorial y hasta el límite cuantitativo de los seguros obligatorios : a (c) indemnizar a quienes hayan sufrido daños en su persona, por accidentes sucedidos en España, en esos casos en que se ignore cuál es el vehículo causante.”

¿Cuánto capital afirma el Consorcio de Compensación?

Si bien va a depender de todos los años y de las situaciones que se hayan producido, el capital asegurado por el consorcio se ordena según el género de rama de producto Por norma general, esta es la proporción de dinero que deben asignar a pagos:

  • Casas y Comunidades de Dueños: 3.000 millones de euros
  • Áreas de trabajo: 94.000 millones de euros
  • Minorista y otros peligros sencillos: 454.000 millones de euros
  • Industrial: 1.000 millones de euros
  • Obra civil: 7.000 millones de euros
  • Personas: 9.000 millones de euros