Quien paga la mutua o la seguridad social

Se comprende por ocurrencia común las bajas por patología común o incidente no laboral. Tienen la posibilidad de ir desde una gripe hasta un resbalón en el hogar en el momento en que nos rompemos el fémur o inconvenientes considerablemente más graves. No nos llega exactamente la misma cantidad todos y cada uno de los días, y el salario no en todos los casos lo paga exactamente el mismo pagador:

  • Días 1 a 3: permiso sin goce de sueldo.
  • Días 4 al 15: la EMPRESA paga el salario por el 60% de la base reguladora.
  • Días 16 a 20: el importe a cobrar todavía es el 60% de la base reguladora, pero en esta ocasión paga la SEGURIDAD SOCIAL.
  • Días 21 a 1 año: nuevamente SEGURIDAD SOCIAL paga la nómina el 75% de la base reguladora.

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Géneros de baja laboral

Antes de ingresar en materia, es esencial distinguir entre los modelos de baja laboral, puesto que, en dependencia de las situaciones, la subvención puede ser diferente . Eso sí, todos ellos tienen el requisito básico de estar dado de alta en la Seguridad Popular para efectuar su petición.

Las bajas se generan por acaecimientos recurrentes por causas naturales como patología o incidente no laboral, para lo que es requisito un certificado médico. En la situacion de baja por patología, este certificado establece su duración (siempre y cuando no haya superado cubriendo los 365 días).

Acceder Aquí  Cuanto tiempo de baja con la mutua

Para esto, el trabajador va a deber haber cedido un mínimo de 180 días en los últimos 5 años.

¿Quién paga la asistencia popular de un trabajador en baja por patología si trabaja por cuenta extraña?

En la situacion de baja por patología común no laboral, la compañía paga el 60% del salario del trabajador a lo largo de los primeros 16 días (tras los tres primeros días el trabajador no diviértete con baja). Tras eso, el Seguro Popular es responsable.

En la situacion de baja por maternidad o paternidad, la Seguridad Popular se hace cargo del cien% de la subvención desde el principio.

¿Quién debe ofrecerte el alta médica?

El alta médica la da el servicio autonómico de salud pertinente, a través del médico de cabecera, o de forma directa del INSS. Si bien en ocasiones deseen decir lo opuesto, la verdad es que las cooperativas no tienen la posibilidad de mandar el registro. Lo mucho más que tienen la posibilidad de llevar a cabo es llevar a cabo una recomendación vaga, pero la última palabra recae sobre la administración médica.

Acceder Aquí  Que decir al psiquiatra de la mutua

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¿Qué puedo realizar si el empleador no me paga?

En caso de que no se pague el salario a lo largo del periodo de incapacidad temporal, poseemos tres opciones:

  1. para reclamar legalmente el salario al empleador mediante una demanda de una cantidad, y se hayan agravado las situaciones de que el impago a lo largo de la incapacidad temporal logre ser considerado delito, o
  2. Pedir el pago directo a la Seguridad Popular.
  3. Demanda de extinción de la relación laboral sosprechada en el producto 50 del Estatuto de los Trabajadores.