Todos y cada uno de los seguros que cubren el fallecimiento se recogen en el registro individual de seguros, donde el Ministerio de Justicia efectúa la solicitud pedida. Desde el instante del fallecimiento, continuarán libres a lo largo de los próximos 5 años.
Los próximos son los documentos a enseñar para la petición:
Indice de contenido
Procedimientos que se deben llevar a cabo para pedir contratos de seguros de deceso
Pedir en lo personal
- Completar la petición oficial del Ministerio de Justicia.
- Abonar una comisión de 3,70 € en las entidades financieras cooperadoras.
- Dirígete a entre las áreas de trabajo de administración territorial o en La capital de españa a la oficina central de atención al ciudadano del Ministerio de Justicia.
- Enseñar una petición adjuntado con los documentos precisos a la oficina.
- En ese instante, sacar el certificado de última intención.
Certificado de defunción así
Este certificado ha de ser un archivo original o una fotocopia compulsada. El Registro Civil siempre y en todo momento expide el pertinente al pueblo donde murió la persona y hay que integrar el nombre de los progenitores del difunto.
La petición del certificado y la recepción del mismo están sostienes al pago de una tasa que habrá de ser satisfecha por el entusiasmado antes de enseñar la documentación, en tanto que en la petición va a deber acompañarse el justificante del pago. El importe puede mudar, pero unos 4 euros.
Registro de seguros de vida ¿Qué es?
El Registro de Seguros de Vida o Registro de Contratos de Seguros de Vida con cobertura de fallecimiento es un órgano del Ministerio de Justicia. Este registro guarda todos y cada uno de los datos de las pólizas de vida que están en la actualidad activas y hasta 5 años tras el fallecimiento del asegurado.
Merced al Registro de Seguros de Vida, los adjudicatarios que piensan que un familiar fallecido tenía un seguro de vida tienen la posibilidad de verificarlo y después cobrarlo. Asimismo posiblemente lo verifique el titular del seguro, en el momento en que no está completamente claro si tiene una póliza a su nombre.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que sepa, o sospeche, que figuraba como beneficiario de un seguro de vida de alguien que termina de fallecer. Hay que tener en consideración que no es requisito ser los “herederos legales” del difunto para cobrar la indemnización del seguro, en tanto que el asegurado fallecido podría llevar a cabo beneficiario de su seguro a quien quisiese.
Lo primero es hallar el certificado de defunción del difunto, que puedes pedir en el Registro Civil mucho más próximo, si no lo tienes libre.