Quien paga la seguridad social si estoy de baja

El pago del subvención a lo largo de la baja común por patología es dependiente de múltiples puntos.

El subvención por patología común o incidente no laboral se cree tomando como referencia la base reguladora día tras día. Se calcula dividiendo la base de cotización del trabajador del mes previo (en la fecha de comienzo de la baja) por el número de días a que tiene relación esa cotización.

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Seguridad popular o recíproca: ¿quién paga las bajas por patología de un trabajador?

Hasta 1997 la Obra Popular se ocupaba de estos pagos. No obstante, en ese año el Colectivo de Accidentes de Trabajo pasó de contemplar de forma exclusiva los accidentes laborales a poder contemplar los más frecuentes. La compañía puede elegir entre la Seguridad Popular o la Recíproca en el caso de hecho común.

De todos modos, los efectos de una u otra decisión para el trabajador son pocos. Asimismo va a cobrar la nómina en los porcentajes vistos previamente. La única diferencia es el rastreo y control del retiro y quién firma el retiro. En cuanto al resto no hay diferencias.

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Situación 1: baja por incapacidad temporal con contrato de compañía

A lo largo de la relación laboral siempre y en todo momento (o prácticamente) vamos a ser remunerados por el empleador.

Esto es, si bien estemos de baja médica, el empleador se ocupará de abonar la nómina como se hace en un mes habitual.

Géneros de baja laboral

Antes de ingresar en materia, es esencial distinguir entre los modelos de baja laboral, puesto que, según las situaciones, la subvención puede ser diferente. Eso sí, todos ellos tienen el requisito básico de estar dado de alta en la Seguridad Popular para efectuar su petición.

Las bajas se generan por acaecimientos recurrentes por causas naturales como patología o incidente no laboral, para lo que es requisito un certificado médico. En la situacion de baja por patología, este certificado establece su duración (siempre y cuando no haya superado cubriendo los 365 días). Para esto, el trabajador va a deber haber cedido un mínimo de 180 días en los últimos 5 años.

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¿Quién paga las vacaciones si eres autónomo?

Si trabajas por cuenta propia, el INSS (Centro Nacional de la Seguridad Popular), o el ISM (Centro Popular de la Marina) te van a reconocer y concederán esta prestación. El pago se efectuará a través del Colega Mutuo que escogió al crear una cuenta como voluntario. El pago lo efectúa la entidad mutualista o la entidad elegida.

Los plazos y porcentajes no son iguales a los extremos para otra persona: