Aparte de los límites de edad para conseguir un seguro, es esencial rememorar que la edad es un aspecto esencial para acrecentar la prima. La mayor parte de las compañías piensan el envejecimiento como un aspecto de peligro en el momento de entregar una póliza, con lo que no es de extrañar que debamos abonar algo mucho más si contratamos un seguro de vida a una edad avanzada.
En este sentido, es conveniente contratar un seguro de vida cuanto antes, en torno a los 30 o 40 años. No solamente nos resultará mucho más económico llevarlo a cabo: asimismo nos dejará gozar de protección médica y legal frente prácticamente cualquier imprevisto.
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Razones de fallecimientos
Se tienen que tener en consideración las causas dentro en la cobertura de muerte, entre aquéllas que están la desaparición natural, la desaparición accidental o la desaparición por suicidio. Lo que se comprende en el producto 93 de la Ley de Contrato de Seguro: “salvo pacto en opuesto, el peligro de suicidio del asegurado va a quedar cubierto tras un año desde la celebración del contrato. A estos efectos, se comprende por suicidio la desaparición cometida por nuestro asegurado de manera consciente y facultativa.
¿Qué cubre un seguro de vida?
Como se indicó previamente, el primordial peligro cubierto por los seguros de vida es el fallecimiento del asegurado, así sea natural o accidental. Hay que tomar en consideración que hay ocasiones que los seguros de vida no cubren. Esas se los conoce como exclusiones de seguro de vida.
En dependencia de las pretensiones y opciones del asegurado, se tienen la posibilidad de añadir otros géneros de coberturas auxiliares para ofrecer una mejor protección en distintas ocasiones.
¿Qué no cubre una póliza de vida?
En el momento en que charlamos de ocasiones que no están cubiertas por un seguro de vida, hablamos a las exclusiones de la póliza, que se reflejan en el contrato. En un caso así, en el momento en que el siniestro se genere en ciertas situaciones, el beneficiario no va a poder cobrar la indemnización acordada con la compañía empresa aseguradora. Estos son ciertos de estas situaciones:
- Suicidio del asegurado a lo largo del primer año de seguro. La ley pide que se integre un periodo de espera de un año, que no cubre el suicidio.
- El siniestro fue provocado de forma voluntaria por el beneficiario. Esta es una medida para eludir que el beneficiario finalice con la vida del asegurado para hallar el dinero.
- Pérdida por actos irresponsables o delictivos del asegurado.
Por servirnos de un ejemplo, si el asegurado hubiese bebido alcohol o estuviese bajo los efectos de drogas o estuviese delinquiendo. - Accidentes de tráfico por conducción imprudente. Por poner un ejemplo, conducir a una agilidad superior al máximo tolerado.
- Ejerce sobre deportes extremos. Los deportes de peligro excluidos dependen de la compañía empresa de seguros y han de estar indicados en el contrato.
- Algunas situaciones en los accidentes aéreos. El seguro de vida no cubre si el asegurado pertenece a la tripulación de la aeronave, a quien viaje en forma no autorizada para llevar pasajeros o si el conduzco no posee el título oficial.
- Los peligros cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. O sea, reclamaciones por catástrofes naturales (volcán, crecidas de agua, terremotos…), hechos violentos (atentado terrorista, motín, etcétera.) y actuaciones de las fuerzas armadas y de seguridad en tiempo de paz.
Patología grave
Absolutamente nadie es inmune a un dictamen médico fortuito. ¿Le han diagnosticado cáncer, insuficiencia renal o alguna patología grave? Merced a tu seguro de vida, vas a recibir un capital de reserva💰 que te dejará abonar los gastos auxiliares generados por el diagnóstico de patologías de prominente valor.
En estas situaciones, el seguro de vida te ofrece acompañamiento económico en el momento en que no puedes efectuar tres o mucho más ocupaciones de la vida día tras día por patología o incidente. Por el hecho de que como? Sostenga su higiene personal, vístase, coma, sostenga su higiene y muévase o muévase.