Las posibilidades relacionadas al precaución de los hijos o inferiores acogidos van a poder ser reconocidas o atribuidas a alguno de los progenitores, adoptantes o acogidores por cada hijo nacido o adoptado o menor acogido. En el caso de pleito entre ellos, esto es, en el momento en que los dos progenitores estén apasionados en entrar al beneficio para el precaución de sus hijos o de los que no sean tan respetados, se va a reconocer el derecho a la madre.
En el momento en que el intérvalo de tiempo computado como cotización, en término de prestación por precaución de hijo o menor acogido, esté incluido en el intérvalo de tiempo de cálculo para saber la base reguladora de la prestación, se considerará la base de cotización. que viene dentro por el promedio de las bases de cotización del beneficiario que corresponden a los seis meses en el instante precedentes al comienzo de la pausa de cotización, o en su caso, en el momento en que existan cotizaciones intermitentes, las que corresponden a los seis meses de cotización rápidamente precedentes a cada periodo. calcular.
Complemento de maternidad y paternidad en la pensión
El producto 60 de la Ley General de la Seguridad Popular reconoce un complemento que deja acrecentar la cuantía de la pensión llamado: «Complemento contributivo de pensión para la reducción de la brecha de género».
Este complemento, que de entrada se encontraba regulado únicamente en pos de las mujeres hasta el momento en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo consideró discriminatorio en sentencia de 12 de diciembre de 2023, corresponde tanto a hombres como a mujeres, si bien lo cierto es que los hombres deben cumplir requisitos mucho más rigurosos para tener derecho a ella.
Otros requisitos
También, se van a deber tomar en consideración reglas destacables:
- Pensiones superiores al techo: si la pensión de la mujer sobrepasa el importe de la pensión máxima establecida , la suma de esa pensión y el complemento de maternidad no va a poder sobrepasar el máximo y la cuantía pertinente al 50% del complemento.
- Pensiones que sobrepasan el máximo adjuntado con el complemento: La mujer va a tener derecho a sentir hasta la pensión máxima mucho más el 50% del complemento que sobrepase el máximo.
- Pensiones que no alcanzan la cuantía mínima de pensión: Si la pensión en un inicio identificada no consigue la cuantía mínima fijada para ese año, se va a aplicar el complemento mínimo para lograr la pensión mínima legal que incluye Capitales En general de todos los años de. se agregará el Estado y el nuevo complemento de maternidad.
- Si existe convenio de pensión: Solo se reconoce el complemento por hijo con entre las pensiones del beneficiario. Se va a aplicar a la pensión mucho más conveniente. Si se combina una pensión con una pensión de viudedad, se va a aplicar siempre y en todo momento a la primera.