¿Qué establece la norma establecida en lo que se refiere al cobro de la prestación por desempleo tras la baja facultativa del trabajador en su puesto?
- Para cobrar la prestación por desempleo es requisito hallarse en situación legal de desempleo, esto es, el trabajador ha perdido su trabajo por causas extrañas a su intención, como extinción del contrato, despido, etcétera.
- En el momento en que un trabajador renuncia de forma voluntaria a su compañía, no está legalmente desempleado, pues la relación laboral se extinguió por resolución del trabajador.
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Calcula el monto de tu prestación
Tengo un contrato fijo no continuo y como no trabajo hasta el año próximo voy a pedir desempleo menor para los próximos 4 meses. Entonces deseo soliciar el subvención para los que tienen 52 años, por el hecho de que cumplo con todos y cada uno de los requisitos aparte de tener esta clase de contrato. No volveré a este puesto el año próximo, con lo que me agradaría romper el contrato de forma voluntaria.
B) El trabajador logra un nuevo empleo, pero el empleador le comunica que no pasó el periodo de prueba
Esta situación está regulada por la Ley General de Temas Sociales Seguridad, y se establece que el trabajador solo puede pedir el paro si han pasado por lo menos 3 meses entre la baja facultativa y el instante en que la compañía le comunica que no ha pasado el periodo de prueba del primer contrato.
*Lo observamos con un caso de muestra: Antonio, administrativo de 40 años, con 15 cotizaciones, pide baja facultativa a la «compañía A» el 1 de agosto de 2023.
Tienes derecho al paro en esa tiempo tiempo? NO, pues la baja es facultativa y no andas en situación legal de desempleo.
Puntos esenciales a estimar
- Es esencial que la causa de la baja facultativa no sea imputable al trabajador.
- Para entrar a la prestación por desempleo hay que cumplir todos y cada uno de los requisitos pedidos.
- Es requisito proseguir los trámites oportunos para lograr cobrar la prestación por desempleo.
¿Qué afirma la Jurisprudencia?
Primeramente, la Jurisprudencia considera un hecho propósito y no hay prueba en contra suya, que es obligación que hayan pasado tres meses entre un desistimiento voluntario y un periodo de prueba no pasado probado por la compañía.
Conque poco tenemos la posibilidad de realizar contra eso.