Cuanto me queda de pension con 15 anos cotizados

Un trabajador está obligado a cotizar al comienzo de su actividad laboral. Más allá de que hay algunas salvedades en las situaciones establecidos en las reglas de cada régimen, como la licencia de paternidad, el cumplimiento de funcionalidades públicas o el desempleo, entre otros muchos, el trabajador sostiene su deber de cotizar a lo largo de toda su historia.

Esta obligación de cotizar se extingue en el momento en que concluye la actividad laboral y siempre y cuando el trabajador denuncie la pérdida en el período que se le haya fijado. De lo contrario, proseguirá cotizando hasta el día de hoy en que la Caja General de la Seguridad Popular reconozca el cese de su relación laboral.

Indice de contenido

La relevancia del complemento mínimo

De año en año, el Gobierno español establece en los Capitales En general del Estado (PGE) una cuantía máxima de pensión y unas cuantías mínimas de pensión a las que tienen la posibilidad de entrar los ciudadanos. En este sentido, un individuo con 15 años de cotización a la Seguridad Popular puede no llegar al importe mínimo tras calcular su futura pensión.

En un caso así, se complementa con los llamados complementos mínimos, hasta lograr el importe mínimo de la pensión contributiva de jubilación, según distintos causantes, fijados por el Jefe del Ejecutivo.

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Complemento de maternidad y paternidad en la pensión

El producto 60 de la Ley General de la Seguridad Popular reconoce un complemento que deja acrecentar la cuantía de la pensión llamado: “Complemento contributivo de pensión para la reducción de la brecha de género”.

Este complemento, que de entrada se encontraba regulado únicamente en pos de las mujeres hasta el momento en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo consideró discriminatorio en sentencia de 12 de diciembre de 2023, corresponde tanto a hombres como a mujeres, si bien lo cierto es que los hombres deben cumplir requisitos mucho más rigurosos para tener derecho a ella.

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Indudablemente, en tal caso, la pensión a cobrar sería bajísima. En un caso así, o sea, en el momento en que la cuantía final sea inferior a la pensión mínima, esa cuantía se completará con el llamado complemento mínimo hasta la cuantía señalada en todos los años.

Si no llegas al mínimo, siempre y en todo momento queda un último cartucho: solicita una pensión asistencial; o contratar un plan de pensiones privado para estar seguro un desahogo económico en el momento en que llegue la jubilación.

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Índice de entrada

  1. Cotización mínima para tener derecho a la jubilación
  2. Primer requisito: 15 años de cotización mínima
    • ¿Cuáles son las cotizaciones calculadas? ¿De qué forma puedo llegar a los 15 años?
    • Es igual la suma de las cotizaciones en distintas regímenes; ¿autónomo, empleado, agrícola?
  3. Segundo requisito: un par de años de cotización en los últimos quince años
    • Ejemplo
  4. trabajadores a tiempo parcial
  5. ¿Cuál es la pensión mínima que recibiré?
  • ¿Qué costes se calculan? ¿De qué manera puedo llegar a los 15 años?
  • Es igual la suma de las cotizaciones en distintas regímenes; ¿autónomo, empleado, agrícola?