Cuando prescribe el impuesto de sucesiones

Lo aclara la sentencia del Tribunal Supremo núm. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La STS piensa que ya que el motivo murió el 13 de enero de 2006 y ya que el período para enseñar el impuesto de sucesiones es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento, se comprendería que la prescripción es el 13 de julio, esto es 2010, en vigor el producto 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre. Según este capítulo, el derecho de la Administración a saber la deuda tributaria prescribiendo la liquidación oportuna se va a hacer a los 4 años. Exactamente el mismo período se va a aplicar para reclamar el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

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¿Qué ocurre si no presento el impuesto de sucesiones?

A) Pago de intereses de demora – El heredero deberá abonar los intereses de demora. Corresponden al mismo tiempo pasado desde la finalización del período para enseñar y abonar la autoliquidación hasta el momento en que la Administración regula la situación tributaria. Deberá abonar una sanción o una multa monetaria. Ya que el contribuyente va a haber incurrido en un delito fiscal. Y puede ser sancionado con una sanción que puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cuota que fue defraudada o no pagada.

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Cumplimiento del sujeto pasivo de la regularidad practicada por la Administración, Sin recurso contra esa regularidad ni contra la sanción, Pagando la sanción en ese período de entrada facultativa.