Como conseguir el paro sin despido

En los últimos meses se han producido distintos fenómenos en el mercado de trabajo que han causado despidos masivos en varios ámbitos de actividad. El primero de ellos es el Síndrome de Burnout (o trabajador quemado), primordial fundamento de abandono voluntario del trabajo, renunciando aun al paro ahora la indemnización.

Mucho más aún, a causa de la pandemia, en el momento en que la plantilla de cientos de compañías se vio doblegada a un enorme agobio. Sus síntomas, reconocidos por la Organización Mundial de la Salud, tienen dentro falta de concentración, eficacia achicada, agotamiento físico o negatividad incesante.

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Requisitos para cobrar el paro en despido disciplinario

El trabajador despedido por causas disciplinarias va a deber cumplir los próximos requisitos para cobrar el paro:

  1. Cuando menos 360 días de cotización antes del rescisión del contrato definitivo.
  2. Estar dado de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  3. Baja del Registro de la Seguridad Popular.
  4. Estar en situación activa de búsqueda de empleo ahora predisposición de los servicios públicos de empleo para temas y controles.
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¿Debo impugnar el despido para cobrar el paro?

NO, como señalábamos antes, no es requisito protestar el paro frente al Juzgado de lo Popular para pedir el paro.

En el momento en que recibas la carta de desempleo, lograras pedir al SEPE tu derecho al paro o posibilidades por desempleo.

B) El trabajador logra un nuevo empleo, pero el empleador le comunica que no ha cumplido el periodo de prueba

Esta situación se funciona por la Ley General del Seguro Popular, y se establece que el trabajador solo va a poder pedir el paro si han pasado cuando menos 3 meses entre el desistimiento voluntario y el instante en que la compañía le comunica que no superó el periodo de prueba del siguiente contrato.

*Lo observamos con un caso de muestra: Antonio, administrativo de 40 años, con 15 cotizaciones, pide baja facultativa a la “compañía A” el 1 de agosto de 2023. Tienes derecho al paro en esa tiempo tiempo? NO, por el hecho de que la baja es facultativa y no andas en situación legal de desempleo.

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¿Qué afirma la Jurisprudencia?

Primeramente, la Jurisprudencia considera un hecho propósito y no hay prueba en contra suya, que es obligación que hayan pasado tres meses entre un desistimiento voluntario y un periodo de prueba no pasado probado por la compañía.

Conque poco tenemos la posibilidad de llevar a cabo contra eso.